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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 156
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 156
Si el día de los hechos el acusado se encontraba en el interior de una tienda y cuando se disponía a salir, vió al hoy occiso quien se asomó en el establecimiento y le disparó, lo que motivó que él a su vez sacara su pistola, saliera fuera del establecimiento y disparara, ello revela su propósito de reñir aceptando la contienda a la que fue provocado, modalidad que excluye la existencia de la defensa legítima de la persona.
Precedentes
Amparo directo 7559/57. Nicolás Alfaro Prieto. 21 de agosto de 1958. Mayoría de tres votos. Disidente: Rodolfo Chávez S. Ponente: Juan José González Bustamante.