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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 161
OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 161
Las declaraciones de los ofendidos tienen plena validez probatoria, si no se encuentran contradichas con otras pruebas y, por lo contrario, se corroboran con datos que establezcan su veracidad.
Precedentes
Amparo directo 4104/57. Isaías Guerrero Gutiérrez. 5 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.