Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/263785
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
263785
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 180

PERITOS. DICTAMENES NO OBJETADOS.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 180

Precedentes

Amparo directo 7901/57. Antonio Cárdenas Flores. 16 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen VIII, página 54, tesis de rubro "PRUEBA PERICIAL.". Volumen VII, página 70, tesis de rubro "PERITOS. DERECHO DEL REO A NOMBRARLOS (VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO).". Volumen VII, página 70, tesis de rubro "PERITOS.". Volumen IV, página 109, tesis de rubro "REPARACION DEL DAÑO (PRUEBA PERICIAL).".
Registro digital (IUS): 263785