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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263799
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 197
RETRACTACION DEL COACUSADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 197
Si en su retractación posterior el coacusado no aportó dato alguno que la corroborara, debe quedar subsistente su versión primitiva y no la segunda, en la que hace una imputación directa al reo.
Precedentes
Amparo directo 4820/56. J. Pilar Calvario Medina. 4 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XII, página 82, tesis de rubro "RETRACTACION DEL COACUSADO.".
Volumen I, página 87, tesis de rubro "RETRACTACION DEL COACUSADO.".