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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
263817
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 220

SUPREMA CORTE, COMPETENCIA DE LA PRIMERA SALA DE LA (VIOLACIONES AL ARTICULO 22 CONSTITUCIONAL).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 220

Precedentes

Amparo directo 6350/57. Pedro Gómez Martínez. 28 de agosto de 1958. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Ponente: Juan José González Bustamante.
Registro digital (IUS): 263817