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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263863
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 71
DESPOJO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 71
El delito de despojo de inmueble constituye un atentado violador de la posesión, independientemente de que las partes reclamen derechos que crean tener, dudosos o litigiosos, sobre el inmueble en disputa.
Precedentes
Amparo directo 7019/56. Felisa Rojas y coagraviados. 17 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen VIII, página 27, tesis de rubro "DESPOJO.".
Volumen VI, página 138, tesis de rubro "DESPOJO, DELITO DE.".
Volumen V, página 59, tesis de rubro "DESPOJO, DELITO DE.".