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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 103
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 103
Para que exista la excluyente de legítima defensa, se requiere que estén satisfechos íntegramente los elementos que la constituyen o sea que se encuentre comprobada la agresión, el ataque o acometimiento con vías de hecho y que sea actual, violeta, sin derecho y de la cual resulte un peligro inminente. Y para admitir que alguien se excedió en sus límites, se necesita que estén integrados todos los requisitos de la misma.
Precedentes
Amparo directo 6962/56. Baldomero Hernández Sol. 3 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.