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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 135
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 135
Para condenar al pago de la reparación del daño no es necesario que el artículo 60 del Código Penal comprenda dicha sanción, pues en todo delito que produzca daño es operante la respectiva condena de reparación, atento lo dispuesto en los artículos 29, 30 y 31 del Código Penal Federal.
Precedentes
Amparo directo 3352/57. Víctor Manuel Alvarez Santillán. 22 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.