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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263939
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 170
VIOLACION (LEGISLACION DE MICHOACAN).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 170
El requisito de la desfloración no figura entre los elementos del delito previsto por el artículo 239 del Código Penal, más que para la imposición de la pena.
Precedentes
Amparo directo 7553/57. Evaristo Calderón Mejía. 21 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.