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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
263946
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 14

ACUSACION, EL JUEZ NO PUEDE REBASARLA (ROBO SIMPLE).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo directo 3503/57. Raúl Velázquez Guzmán. 9 de junio de 1958. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Notas: Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XII, Segunda Parte, página 185, de rubro "ACUSACION, EL JUEZ NO PUEDE REBASARLA.". En el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, la tesis aparece bajo el rubro "ACUSACION, EL JUEZ NO PUEDE REBASARLA (ROBO SIMPLE).".
Registro digital (IUS): 263946