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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 32
CASO FORTUITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 32
En el caso fortuito, el evento se caracteriza por su imprevisibilidad y, por ende, también por la imposibilidad de su evitación.
Precedentes
Amparo directo 1098/57. Miguel Estrada Gutiérrez. 24 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.