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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
263963
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 42

CORRUPCION DE MENORES (LEGISLACION DE MICHOACAN).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 42

Precedentes

Amparo directo 4816/56. J. Guadalupe Fonseca Guillén. 12 de junio de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Quinta Epoca: Tomo CXXIII, página 1408. Amparo directo 2049/50. María Valencia Servín. 7 de marzo de 1955. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 263963