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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 57
FRAUDE. PAGO DE LO DEFRAUDADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 57
El pago de lo defraudado no desvirtúa en manera alguna el delito cometido y sólo da lugar a que se absuelva al acusado de la reparación del daño.
Precedentes
Amparo directo 951/58. Pedro Parra Arellano. 7 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.