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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 60
INVASION DE TIERRAS (CODIGO AGRARIO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 60
Se debe considerar al reo como autor del delito previsto en la fracción III del artículo 353 del Código Agrario, si como miembro de un comisario ejidal indujo y toleró que los ejidatarios invadieran las tierras inafectables del denunciante.
Precedentes
Amparo directo 4906/57. José Gómez Pérez. 23 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen CVIII, página 43, de rubro "INVASION DE TIERRAS, DELITO DE.".