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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 61
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 61
Los acusados, que obraron en legítima defensa de su padre, al hacer uso de la misma, se excedieron en ésta, si confiesan haber perseguido a los agresores, rematando a uno de ellos a puñaladas, después de haberle inferido lesiones con arma de fuego. Y el caso no puede ser considerado como cometido en riña, pues no existió el ánimo de reñir por parte de los reos, sino únicamente de defender a su padre de una nueva agresión por parte de los ofendidos, que ya lo habían atacado en ocasión anterior.
Precedentes
Amparo directo 2014/57. Donato López Oñate y coagraviado. 13 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.