Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/264038
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
264038
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 105

CONDENA CONDICIONAL.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 105

Precedentes

Amparo directo 7469/56. J. Ascensión Hernández Rivera. 24 de julio de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Genaro Ruiz de Chávez y Luis Chico Goerne. Ponente: Rodolfo Chávez S. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen IX, página 38, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES).". Volumen VIII, página 21, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR ).". Volumen VII, página 20, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL.". Volumen V, página 38, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL Y MODO HONESTO DE VIVIR (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).".
Registro digital (IUS): 264038