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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 117
DESPOJO (FURTIVIDAD).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 117
Si la ocupación del inmueble, además de ser pública, había sido denunciada ante las autoridades civiles por el ocupante para que en definitiva se le declarara propietario por creer que había operado en su favor la prescripción positiva, no puede estimarse, en la posesión del mismo, la furtividad.
Precedentes
Amparo directo 2604/56. Crescencio Olguín Trejo. 20 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.