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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 152
LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL Y OAXACA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 152
En el concepto del honor, tal y como lo emplea el legislador, tanto del Distrito Federal como del Estado de Oaxaca, se contienen dos ideas distintas: a) desde el punto de vista subjetivo, el honor es un sentimiento de la propia dignidad moral, por la personal valoración que el sujeto hace de sus méritos y virtudes y, b) desde el punto de vista objetivo, es el honor la apreciación y estima que los demás tienen de una persona por su aparente cumplimiento de los deberes morales, sociales y legales. En este último concepto, que es el que preferentemente adopta el código del Estado de Oaxaca, el honor se confunde con la reputación de las personas, o con el concepto exterior que merece su conducta.
Precedentes
Amparo directo 5375/56. Efraín Robles Gutiérrez. 20 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.