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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
264076
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 159

OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO (DELITOS SEXUALES).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 159

Precedentes

Amparo directo 3355/57. José María Guevara Escárcega. 24 de agosto de 1957. Mayoría de tres votos. Disidente: Rodolfo Chávez Sánchez. Ponente: Luis Chico Goerne. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen IV, página 98, tesis de rubro "OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO (DELITOS SEXUALES).". Volumen III, página 129, tesis de rubro "OFENDIDA. VALOR DE SU DICHO (RAPTO).".
Registro digital (IUS): 264076