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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264077
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 160
PECULADO (PATRONATO DEL AHORRO NACIONAL).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 160
Es innegable que el "Patronato del Ahorro Nacional", es una institución del Estado, según decreto que aparece publicado en el Diario Oficial, con fecha 30 de diciembre de mil novecientos cincuenta, el que indudablemente fue perjudicado en su patrimonio, si el empleado acusado dispuso de cierta cantidad, ya que de acuerdo con los artículo 1o. y 2o. de la Ley de Ahorro Nacional, se trata de una dependencia del Ejecutivo Federal.
Precedentes
Amparo directo 3182/56. Luis Padilla Torres. 1o. de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Amparo directo 3106/56. Alicia Esparza de Granados. 1o. de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.