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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 34
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 34
El Juez natural, de acuerdo con sus facultades prudentemente potestativas y tomando en cuenta los motivos que fundan una política criminal respecto de dicho instituto, está en posibilidad de negar o conceder el beneficio de la condena condicional, siempre que se surtan los requisitos que establece el artículo 90 del Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 2471/56. José Cruz Hernández. 9 de abril de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.