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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 68
FRAUDE. (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 68
Si a sabiendas de que carecía de facultades legales para disponer, de un inmueble, el reo lo señaló en una diligencia de embargo, su conducta tipifica el delito a que se refiere la fracción III del artículo 343 del Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 3519/56. Faustino Martínez. 7 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.