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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264156
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 68
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 68
La tutela penal, por lo que hace al tipo de falsificación de documentos, radica en la necesidad de proteger eficazmente la veracidad de los documentos públicos y privados, a los que la generalidad reconoce valor probatorio más o menos firme, por no dudarse de su autenticidad literal.
Precedentes
Amparo directo 1430/52. Pelegrin J. Castro. 21 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Amparo directo 1428/52. Candelario García. 21 de abril de 1958. Cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.