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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 71
HOMICIDIO, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 71
Si bien el legislador procesal establece reglas especiales para la comprobación del cuerpo del delito de homicidio, debe entenderse que lo hace con el propósito de facilitar la tarea de aplicación del derecho, pero no con el fin de que ineludiblemente se cumplimenten cualesquiera de esas reglas, sino que, ante la libertad receptoria que otorga, permite que el juzgador acoja los medios que puedan evidenciarle el tema a dilucidar.
Precedentes
Amparo directo 4179/56. Lázaro Pérez Garza y coagraviados. 17 de abril de 1958. Mayoría de tres votos. Ponente y disidente: Agustín Mercado Alarcón.