Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/264215
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
264215
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 12

ACTOS CONSUMADOS DE MODO IRREPARABLE (SENTENCIAS PENALES).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 12

Precedentes

Amparo directo 2918/57. Jorge Guerrero Patricio. 24 de marzo de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Luis Chico Goerne. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Registro digital (IUS): 264215