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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 26
BIGAMIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 26
El delito previsto en el artículo 279 del Código Penal Federal es instantáneo y de efectos permanentes mientras subsistan la anomalía y el resultado lesivo a los bienes jurídicamente protegidos.
Precedentes
Amparo directo 1592/57. Juan Alvarado Rivera. 20 de marzo de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.