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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264287
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 128
ROBO DE INDIGENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 128
El robo de indigente se caracteriza por el hecho de que quien lo comete se apodera de los objetos estrictamente indispensables para satisfacer sus necesidades más apremiantes, por una sola vez; luego si el quejoso robó en dos ocasiones distintas y, al verter su declaración confesoria, manifiesta que reconoce su responsabilidad penal y está dispuesto a pagar con creces el daño causado, ello pone de manifiesto que su situación económica era bonancible y que estaba muy lejos de encontrarse en la situación apremiante que prevé la ley para el robo con justificación.
Precedentes
Amparo directo 272/58. Lázaro Martínez Martínez. 19 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.