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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 19
CASO FORTUITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 19
La excluyente de caso fortuito exige que el ofendido sea enteramente ajeno al sujeto activo y que éste, a pesar de emplear toda clase de precauciones, no haya logrado impedir que se verificara el daño.
Precedentes
Amparo directo 2673/57. José Martínez González. 6 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.