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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 24
CORRUPCION DE MENORES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 24
La circunstancia de que el menor sea de dudosa o mala conducta, de ningún modo exonera de responsabilidad al sujeto activo, tanto porque la ley no lo prescribe, cuanto porque fomentando la degradación en un niño, se hace muy difícil, si no imposible, que vuelva a la vida de la decencia.
Precedentes
Amparo directo 6709/57. J. Reyes Vega Cázares. 20 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.