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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 44
LEGITIMA DEFENSA (POLICIAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 44
Aun suponiendo que estuviera fehacientemente comprobado que el ofendido (comandante de la policía del lugar) hubiera sacado su pistola al dirigirse al reo, este dato, por sí mismo, resulta insuficiente para configurar propiamente una agresión y, menos aún, una agresión con las características que exige la ley para la integración de la causa de justificación de legítima defensa.
Precedentes
Amparo directo 2645/57. Salomé Fierro Soto. 18 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.