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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264337
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 47
LESIONES (LEGISLACION DE MICHOACAN).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 47
El artículo 269 del Código Penal del Estado de Michoacán no se refiere a la impotencia funcional total de los órganos, sino que de manera expresa alude a perturbación, disminución o entorpecimiento del funcionamiento de un miembro, sentido u órgano.
Precedentes
Amparo directo 1850/57. Antonio Dueñas Guillén. 4 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.