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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 20
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 20
Si el acusado no comprobó durante el proceso ninguno de los elementos que para conceder el beneficio de la condena condicional exige el artículo 90 del Código Penal y, a mayor abundamiento, de la ficha signalética aparece que estuvo procesado por otro delito, lo que constituye por lo menos un indicio de la mala conducta, no procedía conceder el beneficio la condena condicional.
Precedentes
Amparo directo 3140/57. Silvestre Jiménez Martínez. 17 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.