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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 34
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 34
La ley penal contempla realidades y no solemnidades o requisitos sacramentales, por lo que si objetivamente se justificó la presentación del cheque en tiempo y que no se pagó el documento, resulta irrelevante el incumplimiento de las formalidades privativas de la materia mercantil.
Precedentes
Amparo directo 4274/57. Mario Fernández Fernández. 16 de enero de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.