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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 77
RAPTO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 77
Están comprobadas las constitutivas primera y segunda del delito de rapto, si el acusado sustrajo a la ofendida del colegio donde ésta estaba internada, poniéndola bajo su control y autoridad, reteniéndola en su poder y segregándola con ello del ambiente escolar en que se encontraba, con el fin de casarse con ella.
Precedentes
Amparo directo 1379/57. Héctor Galindo Frayre. 15 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.