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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 78
RIÑA
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 78
En el momento culminante de los hechos tuvo verificativo dentro de la contienda, si no hubo solución de continuidad entre la iniciación de los acontecimientos y el momento en que ocurrió el disparo letal, ya que los hechos se desarrollaron con unidad de actuación y de ánimo, aunque no aparezca demasiado clara la modalidad de la riña en el instante mismo del disparo.
Precedentes
Amparo directo 2155/57. Ramón Romo Cuevas. 21 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.