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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 79
ROBO, MONTO DEL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 79
Los conceptos de violación en que se plantea el problema de la individualización de la pena resultan infundados, si aunque es cierto que no hubo prueba pericial para la valoración de los objetos materia del delito, también lo es que dichos objetos tienen indudablemente un valor superior al que sirvió de base a la pena impuesta.
Precedentes
Amparo directo 925/57. Gregorio García Martínez. 8 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.