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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 60
ROBO EN LUGAR CERRADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 60
Si de ninguna de las constancias de autos se desprende que se haya dado fe del sitio en el que se cometió el delito, o que por algún otro medio se hubiera llegado a la certeza de que se trataba de un lugar cerrado, como este es un dato que viene a redundar en perjuicio del acusado, por implicar agravación de penalidad, y que debe demostrarse fehacientemente para que pueda producir tales efectos, la sentencia impugnada, al tomar en cuenta esa circunstancia, viola las garantías del acusado.
Precedentes
Amparo directo 4790/56. Román Vázquez Flores. 3 de diciembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.