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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 182
MALVERSACION DE EFECTOS PERTENECIENTES AL EJERCITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 182
Se configura el delito de malversación de efectos pertenecientes al ejército, según el proemio del artículo 241 del código marcial, si el reo recibió en virtud de su empleo de encargado del detalle, de la correspondencia y del depósito de una unidad, entre otras cosas, cierta cantidad de parque que había de aplicarse a las necesidades de la propia institución armada, y las apartó de su destino legal para traficar con dichas municiones en beneficio propio, pues no significa otra cosa, la palabra malversar, que apartar algo de sus fines lícitos.
Precedentes
Amparo directo 561/57. J. de Jesús Mata Camarena. 14 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.