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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 220
QUERELLA NECESARIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 220
Es inaceptable el concepto de violación que se hace consistir en la falta de personalidad de quien formuló la querella que dio origen al proceso, si ante el Ministerio Público, autoridad facultada para recibir denuncias o querellas, el querellante justificó su carácter de apoderado jurídico de la sociedad ofendida, personalidad que comprobó con el testimonio de poder que tuvo a la vista el Ministerio Público y de cuya existencia dio fe en dos de sus actuaciones, sin que la circunstancia de que posteriormente no aparezca el citado testimonio, sea causa suficiente para nulificarlo.
Precedentes
Amparo directo 3479/57. Manuel Mazón López. 6 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.