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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 240
ROBO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 240
El elemento esencial del delito de robo está constituido por el apoderamiento que realiza el agente, con ánimo de apropiación, de un objeto ajeno, sin el consentimiento de la persona que podía disponer del mismo con arreglo a derecho, de tal manera que, una vez que el agente o agentes realizan la aprehensión de la cosa, sustrayéndola del sitio en que se encontraba y en que la tenía su dueño, y la desplazan a otro diferente, aun en el supuesto de que pudieran ser desapoderados de los objetos materia de la acción, de todas formas el delito de robo se habría consumado, siendo reprochable penalmente tal conducta.
Precedentes
Amparo directo 2979/56. Héctor Jaques Javalera y coagraviado. 3 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.