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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 240
ROBO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 240
La circunstancia de que con el dinero sustraído se haya hecho regalos a la ofendida, no disminuye el total del robo, porque de todos modos el valor de los regalos configuran un acto de disposición de lo robado, hecho por la acusada.
Precedentes
Amparo directo 3885/56. Basilia Alvarez. 17 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Amparo directo 3883/56. Alejandra Marmolejo Guerrero. 17 de agosto de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.