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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 241
ROBO, CUERPO DEL DELITO DE (TESTIGOS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 241
No tiene relevancia alguna el que los testigos de la propiedad, preexistencia y falta posterior de lo robado, sean, uno hermano del ofendido y el otro su compadre y compañero de trabajo, porque tales circunstancias no bastan para inhabilitar sus dichos, porque en cuanto a la comprobación de los extremos aludidos es evidente que quienes están en aptitud de conocimiento mejor son precisamente los parientes o amigos, o personas relacionadas en alguna forma con los ofendidos.
Precedentes
Amparo directo 3878/56. Felipe Saldívar Domínguez y coagraviado. 17 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.