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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 64
DROGAS ENERVANTES. TOXICOMANOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 64
Del artículo 526 del Código Federal de Procedimientos Penales se infiere que el hecho de que se compruebe la tendencia viciosa del acusado hacia el uso de drogas o enervantes, no excluye las acciones correspondientes, ni las sanciones relativas, si además de hacer uso personalmente de tales sustancias, realiza los actos a que el artículo se contrae.
Precedentes
Amparo directo 4821/56. José Concepción Yamá. 21 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.