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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 114
PENA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 114
El instituto de la pena abarca tres momentos: la sanción penal del legislador, la imposición de la pena por el Juez y la ejecución de la misma por los funcionarios de la administración penitenciaria; de tal manera que, tratándose de la sanción penal, predomina el dogma del acto, en tanto que en la ejecución penitenciaria, el dogma del autor.
Precedentes
Amparo directo 2571/57. Bonifacio Cruz Carreño. 6 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.