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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 124
RIÑA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 124
Si únicamente hubo una discusión entre el acusado y los que resultaron lesionados, pero sin que hubiera contienda de obra, deben tenerse las lesiones que se causaron a los ofendidos como simples e intencionales.
Precedentes
Amparo directo 4764/56. Genaro García. 27 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.