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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 130
TESTIGOS. FAMILIARES DEL OFENDIDO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 130
La circunstancia relativa a que los testigos de cargo tuvieran nexo de amistad con los familiares de la víctima o los ligara un lazo de parentesco, lejos de constituir un impedimento, hace que tales testimonios deban ser considerados como de los más valiosos, en cuanto están referidos a identificar al autor de un hecho criminoso, ya que es lógico suponer que no hay nadie más vivamente interesado en que se castigue al culpable y no a un inocente, que aquellos que sufrieron moral o materialmente con la perpetración del acto criminoso.
Precedentes
Amparo directo 4977/57. Jesús Gutiérrez Moreno. 22 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen IV, Segunda Parte, página 126, tesis de rubro "TESTIGOS. FAMILIARES DEL OFENDIDO (DICHO DEL OFENDIDO).".