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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 9
ABUSO DE CONFIANZA (ARBITRIO JUDICIAL).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 9
Si por lo que se refiere al monto de la responsabilidad, los peritos dijeron que, por lo defectuoso de la contabilidad, no era posible fijarlo, y en vista de ello y atendiendo a la confesión del acusado respecto a la disposición, confesión que prueba su culpabilidad, la autoridad responsable, sin condenar al pago de la reparación del daño, y teniendo en cuenta las condiciones exteriores de ejecución del delito y las peculiares del acusado, en uso del arbitrio que la ley le concede impuso en la sentencia reclamada una pena inferior al término medio de la que corresponde, debe estimarse que dicha sentencia es legal.
Precedentes
Amparo directo 4210/56. Alejandro Rojas Escárcega. 23 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.