Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/264675
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
264675
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 98

OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO (DELITOS SEXUALES).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 98

Precedentes

Amparo directo 2137/56. Antonio Flores Moreno. 25 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 3776/55. Joel Rosales. 16 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen III, Segunda Parte, página 129, tesis de rubro "OFENDIDA. VALOR DE SU DICHO (RAPTO).".
Registro digital (IUS): 264675