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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 105
RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 105
Si el reo llevó a la ofendida, por la fuerza, del lugar en que se encuentra su domicilio a otro distinto, no sin tener cópula con ella, obteniendo su consentimiento para efectuar esta por medio del engaño de que se casaría con ella, y con tal conducta la segregó del medio de vida ordinario que tenía para ingresarla a otro controlado por él, tales elementos configuran el delito de rapto, de acuerdo con el artículo 224 del Código Penal aplicable.
Precedentes
Amparo directo 6471/56. J. Guadalupe Manríquez. 19 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.