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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 126
TESTIGOS. FAMILIARES DEL OFENDIDO (DICHO DEL OFENDIDO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 126
Los testimonios de los ofendidos mismos y los de sus familiares, merecen credibilidad en cuanto a la designación del responsable; todos los especialistas en materia probatoria coinciden sosteniendo que un sentimiento natural y humano hace orientar sus deseos hacia el castigo del verdadero responsable y de ninguna manera hacia cualquiera otra persona inocente.
Precedentes
Amparo directo 400/55. Gumaro Sánchez George y coagraviado. 26 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidente: Genaro Ruiz de Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.